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Moción de continuación: cómo cambiar la fecha de corte

Moción de continuación ante la corte de inmigración: qué es, motivos de «good cause», qué incluir, cómo notificar a DHS y por qué debes seguir asistiendo.

Por el equipo de ALIA360Publicado 5 min de lectura

Recibiste la fecha de tu audiencia en la corte de inmigración y sabes que ese día no vas a poder estar, o que necesitas más tiempo para preparar tu caso. La herramienta que existe para eso se llama moción de continuación (en inglés, Motion to Continue): una petición por escrito para que el juez cambie la fecha de la audiencia.

Este artículo es información general, no asesoría legal. Para una recomendación sobre tu caso concreto, consulta con un abogado de inmigración con licencia o con un representante acreditado por el Departamento de Justicia (DOJ) de una organización reconocida.

Qué es una moción de continuación

Una moción de continuación es una solicitud formal a la corte de inmigración (EOIR) para aplazar una audiencia ya programada. Según el reglamento federal (8 CFR 1003.29), el juez de inmigración puede conceder una continuación cuando hay «good cause», es decir, una razón justificada.

Lo más importante que debes saber: presentar la moción no cambia la fecha por sí solo. La audiencia sigue en pie hasta que el juez decida. Si no recibes una decisión que conceda la continuación, tienes que presentarte el día y a la hora indicados.

Motivos comunes de «good cause»

El juez evalúa cada caso por separado, y nadie puede prometerte un resultado. Aun así, estos son motivos que con frecuencia se presentan como «good cause»:

  • Necesitas tiempo para encontrar un abogado. Por ejemplo, si es tu primera audiencia y todavía no tienes representación.
  • Una emergencia médica, tuya o de un familiar cercano, con documentos que la respalden.
  • Un conflicto con otra cita oficial, como una cita de biométricos o una entrevista de USCIS el mismo día.
  • Una solicitud relacionada pendiente, por ejemplo una petición ante USCIS que podría influir en tu caso de corte.

Las razones vagas («no puedo ir») o sin pruebas suelen tener menos peso. Cuanto más concreta y documentada sea la razón, mejor puede entenderla el juez.

Qué suele incluir la moción

Los requisitos de formato y presentación están en el Immigration Court Practice Manual, que forma parte del Manual de Políticas de EOIR. Antes de preparar nada, revisa la versión vigente. En general, una moción de continuación suele incluir:

  1. Una portada (cover page) con el formato que pide el Practice Manual, que identifica el tipo de moción.
  2. La moción en sí, con tu nombre, tu número A (A-number), la fecha de la audiencia que quieres cambiar y las razones explicadas con claridad.
  3. Pruebas que respalden la razón: cartas médicas, la cita de USCIS, el recibo de una solicitud pendiente, entre otras.
  4. Una propuesta de orden (proposed order), si corresponde según las reglas de la corte.
  5. Un certificado de notificación (Certificate of Service), que demuestra que enviaste copia a DHS.

La notificación a DHS

Toda moción presentada ante la corte de inmigración debe notificarse a la otra parte: el Departamento de Seguridad Nacional (DHS), representado por la Oficina del Asesor Legal Principal de ICE (OPLA). El certificado de notificación indica cómo y cuándo enviaste la copia. Sin esa prueba, la moción puede quedar incompleta.

Presenta la moción con tiempo

Presentar la moción a última hora reduce las posibilidades de que el juez la resuelva antes de la audiencia. Lo recomendable es presentarla en cuanto sepas que existe el conflicto, y guardar copia de todo lo que envías, junto con el comprobante de entrega.

Mientras esperas la decisión:

  • Sigue preparándote para asistir. Ten listos tus documentos y organiza cómo llegar a la corte.
  • Consulta el estado de tu caso en el sistema de información automatizada de EOIR, ACIS, o por la línea 1-800-898-7180, usando tu número A de 9 dígitos. Ahí verás la fecha y el lugar de la próxima audiencia.
  • Revisa tu correo. La decisión del juez suele llegar por escrito a la dirección que la corte tiene registrada. Si te mudaste, la corte debe tener tu dirección actualizada (formulario EOIR-33 dentro de los 5 días siguientes a la mudanza).

Si lo que ves en ACIS no coincide con lo que te dijeron, comunícate con la corte o con un representante legal.

Qué pasa si no te presentas

Faltar a una audiencia en la corte de inmigración puede tener como consecuencia una orden de deportación «in absentia», es decir, dictada en tu ausencia. Por eso es tan importante no confundir «presenté la moción» con «me cambiaron la fecha». Hasta que tengas una decisión que conceda la continuación, la fecha original sigue vigente.

La continuación y el reloj de asilo

Si tienes una solicitud de asilo pendiente en la corte y piensas pedir un permiso de trabajo por asilo, ten en cuenta este detalle: según las reglas vigentes al escribir este artículo, las demoras causadas por el solicitante, como algunas continuaciones pedidas por ti, pueden detener el reloj de asilo que cuenta los días para ser elegible al permiso de trabajo. Consulta la página oficial del formulario I-765 en USCIS y, si tienes dudas, habla con un abogado antes de pedir la continuación.

Si quieres entender mejor el proceso completo de asilo, lee nuestra guía sobre el proceso de asilo I-589, afirmativo y defensivo.

Cómo puede ayudarte ALIA360

En ALIA360 somos preparadores de documentos, no abogados. Podemos ayudarte a preparar y organizar tu moción ante la corte, con su portada, pruebas y certificado de notificación; enviarla por USPS con número de rastreo; y dejar todo registrado en tu portal de cliente, mientras tú presentas tu caso por tu cuenta (pro se). Si vemos que tu situación necesita un abogado, te lo decimos con claridad y podemos ponerte en contacto con un abogado con licencia.

Próximos pasos

  1. Revisa la fecha y el lugar de tu audiencia en ACIS.
  2. Reúne las pruebas de tu razón para pedir la continuación.
  3. Consulta el Practice Manual de EOIR para el formato vigente.
  4. Presenta la moción lo antes posible y notifica a DHS.
  5. Sigue preparándote para asistir hasta que el juez decida.

Si quieres que te ayudemos a organizar tus documentos, escríbenos desde la página de contacto y te explicamos cómo trabajamos.

Preguntas frecuentes

¿Puedo pedir una continuación por teléfono o en persona en la ventanilla?

Por lo general, la petición se hace por escrito mediante una moción presentada ante la corte, o de forma oral ante el juez durante una audiencia. El personal de la ventanilla no puede cambiar la fecha por su cuenta. Revisa el Practice Manual para ver cómo se presentan las mociones en tu corte.

¿Cuántas continuaciones puedo pedir?

No hay un número fijo que asegure nada: el juez evalúa cada petición según el «good cause» y el historial del caso. Pedir muchas continuaciones puede hacer que el juez sea más estricto con la siguiente. Por eso conviene usar esta herramienta solo cuando de verdad hace falta.

¿Qué pasa si el juez niega la moción?

Si la moción se niega, la audiencia se mantiene en la fecha original y debes presentarte. Puedes explicar tu situación ante el juez ese día. Si te preocupa cómo afecta eso a tu caso, consulta con un abogado de inmigración con licencia lo antes posible.

¿Necesito un abogado para presentar una moción de continuación?

Una persona puede presentar la moción por su cuenta (pro se). Sin embargo, si tu caso tiene antecedentes penales, una orden previa o detención, lo recomendable es que un abogado con licencia revise tu situación antes de presentar nada.

Este artículo es información general y no es consejo legal. Las reglas y las tarifas de inmigración cambian: confirma siempre en las fuentes oficiales y, para tu caso concreto, consulta con un abogado licenciado en Estados Unidos.

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